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Monday, January 6, 2014

EL SUPOSAT FILL DEL REI, i L'ADVOCAT FC BUENO DE GIRONA DEIXEN PxC EN NO COMBREGAR AMB LA IDEOLOGIA NAZI I XENÒFOBA. Bueno va ser qui em va posar les denúncies i querelles d'Anglada i em va demanar 100.000 euros per dir que PxC és xenòfoba

El suposat fill il·legítim de Juan Carlos de Borbón, Albert Solà Jiménez, a qui Anglada havia presentat com a fitxatge estrella el passat mes de maig , i havia d'encapçalar la candidatura de PxC a la Bisbal d'Empordà, ha abandonat el partit d'Anglada juntament amb l'advocat gironí, Francisco Bueno Celdrán, en adonar-se, segons un comunicat que han fet públic, que la seva línia és islamofòbica i xenòfoba.  

Bueno va ser qui va posar les querelles de PxC contra mi per fragments del llibre "Xenofòbia a Catalunya". Casualment Bueno diu ara el mateix que jo deia al llibre i pel que ell em  demanava 100.000 euros  d'indemnització.
Solà m'ha explicat que es va afiliar a PxC perquè se li va dir que era un partit de centre i que pensava que anava contra la immigració il·legal i contra la corrupció. En concret va ser l'advocat Francesc Bueno, que li va interposar la demanda de paternitat al Rei, l'octubre de 2012, qui li va suggerir que entrés a Plataforma. Va anar a Vic on es va trobar amb Josep Anglada i li va semblar bé la proposta d'encapçalar la llista de PxC per La Bisbal d'Empordà el 2015.

Però que més tard es va adonar que Anglada té al partit persones amb passat terrorista, com ara Carles Francisoud, alcaldable de PxC a Badalona, condemnat a presó per posar bombes en una clínica avortista, bars gais i a un cementiri jueu. O amb passat skin violent  com els regidors i caps de llista per L'Hospitalet de Llobregat i Manresa,  Daniel Ordóñez i Albert Pericas. 

El mimetisme de les Joventuts Identitàries per Catalunya JIxC o joventuts de PxC, que té el seu nucli més important a Girona, vers els neonazis d'Alba Daurada, que porten la seva mateixa roba i defensen idees semblants, hauria estat també motiu de discrepàncies de Bueno i Solà cap a PxC. De tota manera un portaveu de les JIxC de Girona m'ha negat que haguessin tingut discrepàncies amb Bueno i Solà. Així, el portaveu de les JIxC afirma que "aquestes dues persones mai havien tingut cap problema amb les Joventuts. Que jo sàpiga cap d'ells ens ha vingut a dir quelcom, durant el temps que han estat al  partit". Pel que fa a la tasca que fan les Joventuts i la imatge que donen vestits de negre, aquest portaveu de les JIxC creu que "la nostra línia que portem a Girona desde que vam crear les JixC, ha tingut molt bona repercusió, cada vegada hi ha més gent que ens segueix, que ens comenta, que està d'acord amb el que fem, que ens volen explicar les seves preocupacions, que ens veuen pel carrer en alguna acció i es paren per felicitar-nos, per parlar amb nosaltres"

 Solà diu en el comunicat que “com que no combrego amb la ideologia neonazi he decidit posar fi a la meva afiliació en aquesta formació i anuncio que em presentaré igual a l'alcaldia de la Bisbal amb un partit independent que estic dissenyant amb el meu advocat, Francesc Bueno”. Aquesta sortida de Solà de PxC passa setmanes després que no fos admesa la querella de paternitat contra el Rei

Francesc Bueno, que va anar de número 2 a la llista de PxC de Girona a les passades eleccions catalanes,  portava també els temes judicials i legals de PxC després que l'advocat ultra, Esteban Gómez Rovira deixés PxC juntament amb el Secretari General, Pablo Barranco, en disconformitat amb les maneres de fer d'Anglada. Alguns dels casos que portava Gómez Rovira, com el judici per l'octaveta falsa de 2007 o per un tema, sembla, relacionat amb un control de trànsit a Madrid, van ser assumits per l'advocat de Manos Limpias, expresident de CEDADE i ara líder de Partido X La Libertad, José María Ruiz Puerta.
Aquestes últimes setmanes també han deixat PxC els grups de Catalunya Nord i el de Manlleu, on els tres regidors mantenen l'acta com a no adscrits
Albert Solà, suposat fill il·legítim de Rei Juan Carlos, quan va anunciar la seva entrada a PxC
 L'advocat Fco Bueno Celdrán, al costat d'Anglada, el 9 de setembre de 2012, en acabar l'acte de no conciliació a Moià on ell, en nom de Josep Anglada, em demanava 100.000 euros per dir unes coses que ara ell i Solà, diuen d'Anglada.


Fc Bueno, a la dreta de la foto, al polèmic ple de Vic de l'1 de juliol on Anglada anuncià que havia posat en marxa a les oficines municipals del servei jurídic de defensa de l'autòcton que portaven Bueno i Grisel Odalis Falcón (al seu costat).


Sunday, October 20, 2013

MEMÒRIA DEL SERVEI DE DELICTES D'ODI I DISCRIMINACIÓ DE LA FISCALIA DE BARCELONA, 2012 (Stroika, Batallón de Castigo, absolució J.C. Fuentes, cas Albiol...)

Reprodueixo aquí un resum de la memòria del Servei de Delicte d'Odi i Discriminació de la Fiscalia de Barcelona de l'any 2012, que ostenta el fiscal Miguel Ángel Aguilar, A sota poso l'enllaç per llegir-la sencera 


El fiscal M. A. Aguilar en una conferència a Barcelona


El Servicio de Delitos de Odio y Discriminación de la Fiscalía Provincial de Barcelona ha cumplido al finalizar el año 2012 su tercer año de andadura en el abordaje especializado de los delitos cometidos por el odio o la voluntad de discriminar a las personas por motivos de su raza, etnia, origen o procedencia, orientación o identidad sexual, creencias, religión, sexo o discapacidad.

 Respecto a años anteriores, y con la prudencia que debe adoptarse ante la falta de datos estadísticos rigurosos, este Fiscal estima que se ha producido un incremento del número de hechos cuyos autores pertenecen a grupos de ideología de ultraderecha violenta o “skinheads”, habiéndose detectado un mayor número de agresiones físicas contra víctimas escogidas por su origen, raza, etnia o ideología, algunas de ellas de suma gravedad como el asesinato en grado de tentativa por parte de 15 encapuchados en la ciudad de Manresa en marzo de 2012 (caso Stroika) (....) La inmensa mayoría de los casos fueron esclarecidos policialmente y puestos a disposición judicial sus autores, todo ello fruto de una creciente preocupación por parte de las Instituciones en incrementar la formación de nuestros cuerpos y fuerzas de seguridad para una mejor y más eficaz investigación y persecución de este tipo de delitos, particularmente cuando se cometen por tramas organizadas. 

También crecen, aunque no lo suficiente, las investigaciones por delitos de provocación al odio, la violencia o la discriminación del art. 510 o delitos de difusión de ideas que justifican el genocidio del art. 607.2, delitos relativos al denominado discurso del odio o hate speech en lenguaje de nuestro Tribunal Supremo y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, particularmente los cometidos usando Internet o las redes sociales (...) En cuanto a las estadísticas de criminalidad en el año 2012 se han dado los pasos para comenzar a disponer de los primeros datos sobre infracciones penales motivadas por odio o discriminación ya que el Ministerio del Interior ha incorporado una serie de modificaciones para que, a partir del año 2012, se computen todos los incidentes racistas/xenófobos de los que tengan conocimiento las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. El protocolo policial Procedimiento de hechos delictivos motivados por el odio o la discriminación” de Mossos d’Esquadra permite desde el año 2010 ofrecer los datos de denuncias presentadas ante dicho cuerpo policial debidamente clasificadas por los distintos motivos de odio y discriminación. 

Nuevamente este año insistimos en poner de manifiesto que carecemos de un sistema informático en la administración de justicia que permita conocer el número de asuntos tramitados en los juzgados y fiscalías por infracciones penales con motivación discriminatoria y hacer el necesario y adecuado
seguimiento de cada procedimiento desde que la denuncia o atestado se presenta hasta el término de su ejecución. Este Servicio sigue obteniendo los pocos datos que ofrecemos de Juzgados y Tribunales de una manera artesanal y rudimentaria (...)




El Tarragonès 7
La Terra Alta 0
L’Urgell 1
La Vall d’Aran 0
El Vallès
Occidental 32
El Vallès
Oriental 6
TOTAL 226























1) Número de procedimientos judiciales seguidos desde el servicio:
Entradas año 2012: 120
Entradas año 2011: 106
Entrada año 2010: 69
Asuntos registrados 2012: 120 
74 procedimientos por delito y 46 juicios de faltas

En el año 2012 se ha producido por tanto un registro sensiblemente mayor de asuntos respecto al año 2011. Es difícil saber si ello se debe a un incremento real en el número de hechos o bien a un incremento del volumen de denuncias.

5) Procedimientos judiciales en los que el servicio está personado directamente: 18.
6) escritos de acusación del servicio: 2
7) Sentencias: número total: 29
Audiencia Barcelona: 4
- Enjuiciamiento: 1
- Apelación: 3
Juzgado de lo Penal: 9
- Condenatorias: 6
- Absolutorias: 3
Juzgado de Instrucción: 19
- Condenatorias: 10
- Absolutorias: 9
Los 22 procedimientos incoados están concluidos.
4 finalizaron con presentación de denuncia o querella ante el juzgado de instrucción.18 fueron archivados por no estimarse que los hechos fueran constitutivos delito o bien porque no resultaron
acreditados sus autores.
- El delito más investigado es provocación al odio, la violencia y la discriminación del art. 510 del código penal que estuvo presente en 14 de los 22 procedimientos.

Diligencias de investigación más importantes tramitadas este año en el Servicio de Delitos de Odio y Discriminación:

1.- Diligencias incoadas en virtud de atestado policial comunicando a la Fiscalía el contenido de dos sermones impartidos en fechas 16 y 20 de enero de 2012 por un imán musulmán en la localidad de Terrassa con expresiones que constitutivas de un delito cometido con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la constitución del art. 510 del código penal por su incitación a la violencia contra las mujeres (...)

2.- Diligencias de investigación abiertas en virtud comunicación de la Fiscalía Coour d’Appel de Versailles dando traslado de la denuncia formulada por los señores Thabet Adnène y El Khoudja Hichem afirmando haber sido expulsados del vuelo con destino a Paris de una conocida compañía aérea (...)

3.- Diligencias de investigación abiertas en virtud de atestado de Mossos d’Esquadra comunicando a esta Fiscalía un perfil de la red social Facebook en la que se contenían comentarios de tipo xenófobo y antisemita con referencias permanentes al mundo del nacionalsocialismo (...) Tras la investigación de los hechos este Ministerio Público interpuso querella ante el Juzgado Decano de Igualada por delitos de los arts. 510 y 607.2 código penal.

 4.- En esta Fiscalía se incoaron dos diligencias de investigación independientes en virtud de dos denuncias formuladas en diferentes espacios de tiempo interpuestas por diputados del Parlament de Catalunya integrantes del subgrupo parlamentario Solidaritat Catalana per la Independència por delitos de injurias graves con publicidad (...) 

5.- Se incoaron en esta Fiscalía Provincial de Barcelona diligencias de investigación en virtud de noticia comunicada por la Comissió de la Convivència de Sabadell (Regidoria de Drets Civils i Ciutadania del Ayuntament de Sabadell), relativa a la posible celebración de un concierto de música neonazi en la ciudad de Barcelona el día 31 de diciembre por el grupo Brigada 1238.
Las canciones que suelen interpretar estos grupos contienen letras destinadas a la propagación de denominado “discurso del odio” e integran la denominada música “R.A.C” (Roc Against Comunism) o música “OI” y cuyos contenidos incitan claramente a la violencia, cuando no al exterminio, de personas inmigrantes, homosexuales, musulmanes o judíos (...) El Servicio de Delitos de Odio y Discriminación, siguiendo la experiencia iniciada hace años, se ha dotado de un protocolo de actuación ante este tipo de eventos públicos. Se incoan diligencias de investigación (...)  y si se confirma la existencia de indicios racionales de la posible comisión de una delito de los arts. 510 ó 607.2 del código penal, se acuerda la filmación y grabación (...)


 6.- La Asociación Ex Presos Sociales formuló denuncia ante esta Fiscalía contra Don Jaume Pujol Balcells, arzobispo de Tarragona por unas afirmaciones realizadas con motivo de una entrevista en el programa “Els Matins” de la televisión pública de Catalunya TV3 el día 23/01/2012 y que según los denunciantes “instaban al odio y a la violencia contra los homosexuales”. La denuncia fue archivada (...)

7.- Se recibió denuncia de una persona en Fiscalía en la que ponía de manifiesto que sus padres habían recibido una carta en la que son informados por un comunicante anónimo de que su hijo es seropositivo, hecho que desconocían (...) y se presentó denuncia por parte de Fiscalía ante el juzgado decano por la presunta comisión de un delito contra la intimidad del art. 197 apartados 4º y 6º del código penal.

En fase de investigación judicial o ya calificados se encuentran los siguientes procedimientos judiciales reseñables:
 

1.- En el juzgado de instrucción nº 2 de Manresa se tramita sumario por asesinato en grado de tentativa como consecuencia de una acción conjunta y planificada por 15 personas encapuchados y portando bates de baseball que agredieron a unos jóvenes cuando esperaban para entrar en un concierto, causando a uno de ellos heridas gravísimas en la cabeza que estuvieron a punto de comprometer su vida. (...) La instrucción está avanzada pero no está concluida.  (cas Stroika)

2.- En el Juzgado de Instrucción nº 30 de Barcelona se tramita procedimiento de Ley de jurado por el asesinato de una persona negra procedente de Senegal y en la que participaron varias personas de etnia gitana y cuya motivación podría ser racista (...) el Ministerio Público apuntó dicha motivación como móvil del asesinato.

3.- En el Juzgado de Instrucción nº 4 de Barcelona se han tramitado diligencias por la agresión sufrida por una pareja de personas de origen sudamericano cuando paseaban  por la calle y fueron brutalmente agredidos con arma blanca por dos personas de estética skinhead con insultos xenófobos. Se ha formulado acusación.

 4.- En el Juzgado de Instrucción nº 9 de Gavà se tramitaron diligencias por la agresión sufrida por dos personas al grito de “maricones mierda, os tenéis que marchar de este país” causada presuntamente por tres persones de estética skinhead. El Fiscal ha interesado la condena por delito del art. 147 y 148 del código penal con agravante de discriminación por orientación sexual. 

 5.- En el juzgado de instrucción nº 3 de Barcelona se han tramitado diligencias para el esclarecimiento de un posible delito de denegación de prestaciones del art. 512 del código penal cometido presuntamente por los encargados de un gimnasio que expulsaron a dos persones presuntamente por su orientación sexual. (...)

6.- Significativa fue la profusa investigación llevada a cabo en el Juzgado de Instrucción nº 6 de Cerdanyola del Vallès en la que se investigó la presunta discriminación del art. 511 del código penal que sufrió un estudiante portador del virus del VIH por parte del centro en el que estaba matriculado.

7.- Juzgado de Instrucción nº 5 de la ciudad de Barcelona contra el propietario de la Librería Europa por delito contra la propiedad intelectual al presuntamente vender en dicho establecimiento el libro “Mi Lucha” de Adolf Hitler cuyos derechos de autor pertenecen al estado alemán en virtud de una sentencia del estado de Baviera.

 8.- Pendiente de enjuiciamiento se encuentra un procedimiento por delito de descubrimiento y revelación de secretos del art. 197 cp como consecuencia del despido de dos personas tras presuntamente acceder su jefe a su correo electrónico y comprobar su orientación sexual, llamándoles “enfermos” (...) El asunto está pendiente de señalamiento para enjuiciamiento.

9.- Diferentes juzgados de instrucción de Barcelona tramitan en estos momentos procedimientos derivados de sendas investigaciones llevadas a cabo por el Cuerpo de Mossos d’Esquadra, coordinadas por este Servicio de Delitos de Odio y Discriminación, por presunta difusión a través de internet de música RAC (...) en la que se incita a la violencia y al exterminio contra los judíos,
gitanos, homosexuales o personas de raza negra. La investigación es por delito del art. 510 cp.


10.- El juzgado de Instrucción nº 27 de Barcelona y en virtud de investigación del Cuerpo Nacional de Policía tramitan diligencias previas contra tres personas de ideología neonazi por presuntamente difundir a través de internet mensajes, música e imágenes que provocaban al odio racista y homófobo habiendo sido imputados por la presunta comisión de un delito del art. 510 y un
delito de tenencia ilícita de armas de los arts. 563 y siguientes (...)


11.- El juzgado de instrucción nº 2 de Badalona continua las investigaciones derivadas de la interposición de una querella presentada por SOS Racisme contra un concejal del Ayuntamiento de dicha localidad, actualmente alcalde tras las pasadas elecciones municipales, al difundir entre la población un folleto con alusiones presuntamente racistas y xenófobas dirigidas contra el colectivo de gitanos rumanos. (...) En el mes de febrero de 2013 el Ministerio Fiscal ha formulado acusación contra el edil por delito cometido con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución del art. 510 cp.

12.- En el juzgado de instrucción nº 9 de Barcelona el Fiscal ha formulado acusación por delito de amenazas del art. 170 del código penal dirigidas contra colectivos independentistas.

13.- En el juzgado de instrucción nº 4 de Rubí se formuló acusación por delito de lesiones del art. 148.1 del código penal y agravante el art. 22.4 del mismo texto contra dos personas skinheads (...)

14.- En el juzgado de Instrucción nº 2 de Sabadell se tramitan diligencias previas en virtud de denuncia formulada por el Ministerio Fiscal a raíz de la celebración de un concierto de música neonazi, celebrado en la ciudad de Sabadell en el año 2010 y que fue filmado y grabado por Mossos d’Esquadra.
Las investigaciones iniciadas en Fiscalía permitieron conocer la existencia de un entramado empresarial que obtenía importantes beneficios con la venta y distribución de de discos compactos con música en la que se incitaba a la violencia contra personas por motivos racistas, xenófobos y antisemitas valiéndose para ello de diversas páginas web y de un establecimiento comercial en la ciudad de Madrid.  (Caso Batallón de Castigo, ver información) 




Sentencias y resoluciones judiciales a destacar de este año figuran las siguientes:


1.- Sentencia 16/07/2012 Juzgado de lo Penal nº 12 de Barcelona en la que se condena a una persona por delito contra la integridad moral del art. 173.1 como consecuencia de una agresión causada una mujer discapacitada en silla de ruedas (...)

2.- Sentencia 27/10/2012 Juzgado de lo Penal 23 de Barcelona por delito de lesiones del art. 148.1 del cp apreciándose agravante del art. 22.4 y en la que fueron condenados un grupo de skinheads que agredieron a una persona de estética punk causándole lesiones con instrumento peligroso.

3.- Sentencia 26/03/2012 del Juzgado de lo Penal nº 1 de Sabadell en la que se condena al administrador de una web en la que se justificaba el holocausto nazi y se provocaba al odio, la violencia y la discriminación contra judíos, gitanos, homosexuales o personas de raza negra. (...) La condena ha sido por delitos de delitos de difusión de ideas que justifican el genocidio del art. 607.2 cp y delito de provocación al odio, la violencia y la discriminación del art. 510.

4.- Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona 23/07/2012 en la que se absuelven a cuatro Guàrdias Urbanos de Barcelona acusados de un delito de detenciones ilegales del art. 167, un delito contra la integridad moral del art. 175 y una falta de mal trato del art. 617.2 del código penal presuntamente cometidos contra una persona transexual.

5.- Sentencia de la sección 5ª de la Audiencia Provincial de Barcelona de fecha 29/06/2012 en la que, haciendo prevalecer la libertad de expresión y la libertad ideológica, se revoca la condena derivada de Sentencia 11/11/2011 el Juzgado de lo Penal nº 2 de Manresa condenaba a un concejal de la localidad de Vic y candidato en las elecciones generales de la formación política Plataforma per Catalunya por delito de provocación al odio, la violencia y la discriminación del art. 510 del código penal al difundir en dicha población folletos ofensivos contra el colectivo de ciudadanos origen magrebí, en particular inmigrantes y personas que profesan la religión musulmana. (Clica)

 6.- Sentencia de la sección 3ª de la Audiencia Provincial de Barcelona de fecha 29/03/2012 en la que se confirma la Sentencia del Juzgado de lo Penal nº 4 de Sabadell de fecha 29/07/2011 y en la que se condenó por delito contra la administración de justicia del art. 464.1 del código penal con agravante de discriminación por orientación sexual (...)

7.- Sentencia 6/11/2012 del Juzgado de lo Penal nº 7 de Barcelona en la que se condena a una persona por delito de amenazas de los arts. 169.2 y 74 con agravante de discriminación del art. 22.4 cp. realizadas por medio de Internet contra una activista “queer” y escritora autora de numerosos artículos sobre feminismo, homosexualidad y transexualidad.

Propuestas de reformas legislativas. Servicio de Delitos de Odio y Discriminación.
 
A) REFORMA DEL CÓDIGO PENAL: Se interesa una reforma que ponga al día los Art. 22.4, 314, 510 a 512, 607 y 607 bis, todos ellos del código penal. (...)


B) OTRAS REFORMAS LEGISLATIVAS: Se considera necesario Ratificación por España del Protocolo Adicional sobre Ciberdelincuencia relativo a la Penalización de Actos de Índole Racista y Xenófoba Cometidos por medio de Sistemas Informáticos, protocolo que a día de hoy no ha sido ratificado por el estado español aunque se haya en proceso de ello. (...)


Pincha aquí para leer texto completo de la Memoria 2012

Monday, October 14, 2013

ENTREVISTA AL 23/24 DEL CANAL 3/24 SOBRE L'EXTREMADRETA, LE PEN, PxC i 12 D'OCTUBRE A BARCELONA

Clica aquí per veure el vídeo i ves al minut 40
Entrevista d'aquesta nit al Canal 3/24 al programa 23/24 parlant d'extrema dreta, Le Pen, la tragèdia de Lampedusa, de PxC i de La España en Marcha

Thursday, January 31, 2013

EL JUTJAT NO ADMET LA QUERELLA D'ANGLADA PER INJÚRIES I CALUMNIES

           
El Jutjat d'Instrucció número 15 de Barcelona ha decidit la inadmissió de la querella per injúries i calumnies presentada contra la meva persona per Josep Anglada i Plataforma X Catalunya per un suposat delicte de injúries i calumnies en base a determinades afirmacions publicades en el llibre "Xenofòbia a Catalunya" publicat fa poc més d'un any. El jutjat, com es veu a la resolució que adjunto, no troba indicis de delicte per admetre la querella, sinó només constatació de fets i opinions i valoracions, moltes d'elles publicades amb anterioritat.
Prèviament a la presentació de la querella, Josep Anglada va convocar-me al Jutjat de pau de Moià el passat 7 de setembre a l'acte de conciliació preceptiu en el que em demanava que em retractés de 5 fragments del llibre i que li abonés 100.000 euros d'indemnització. Entre els aspectes que Anglada considerva injuriosos destaquen l'afirmació que la majoria de caps rapats de Salt no havien votat a les municipals de 2011 al neofeixista Movimiento Social Republicano, sinó a PxC, o que Anglada quan esdevé regidor el 2007 intenta trencar la imatge d'ex militant de Fuerza Nueva que anava pels bars buscant brega de jove i deia, llavors,  que portava pistola.   
Després d'aquell acte de no conciliació al Jutjat de Pau de Moià anuncià que interposaria diverses querelles i denúncies, la principal de les quals seria aquesta de calúmnies i injúries.

Com vaig anunciar llavors, tot el que havia publicat al llibre estava contrastat, si bé penso que el que molestava a Anglada no era el llibre en sí mateix, donat que va assistir a la seva presentació a Vic, tuitejant que s'ho havia passat molt bé, sinó el fet que publiqués informacions sobre l'entrada de membres de l'extrema dreta espanyola al projecte d'expansió de Plataforma x La Libertad.
També m'incriminava de ser responsable intel·lectual de les agressions o baralles en les que s'havien involucrat membres del partit l'últim any, sobretot després que jo fos una de les persones que va difondre on s'ubicava el Casal Tramuntana, inaugurat fa un any per uns neofeixistes italians amb el nom de Centre Militia al carrer Independència de Barcelona, i la participació en la direcció i lloguer del mateix de membres de la llista de PxC de L'Hospitalet de Llobregat. Els twits i comunicats que Anglada va fer contra mi els mesos de juliol, agost i setembre (algun d'ell dient que se'm volia carregar) van motivar diversos comunicats de suport cap a la meva persona del Sindicat de Periodistes i el Grup Ramon Barnils.http://www.sindicatperiodistes.cat/content/contra-les-amenaces-de-plataforma-catalunya
http://www.grupbarnils.cat/el-grup-barnils-dona-suport-a-xavier-rius-sant-davant-la-querella-per-injuries-i-calumnies-interposada-per-josep-anglada/

Inici de la notícia de l'Agència Catalana de Notícies 

     Precisament el proper dimecres, organitzat per l'Ajuntament de L'Hospitalet, presentaré a la Bibiloteca Tecla Sala de L'Hospitalet, el meu últim llibre, la novel·la "Amor a la carta" (que passa majortàriament a L'Hospitalet) i acte seguit hi haurà un debat sobre la temàtica del llibre "Xenofòbia a Catalunya" i com abordar el seu discurs als barris i ciutats.

ACTUALITZAT: ANGLADA RECORRE LA INADMISSIÓ (clica) 

 Text de la inadmissió de la querella, clica.
  llegir al 3/24
Informació a La Vanguardia 
Informació ampliada a Directa.cat 
Notícia a El Triangle 
 Entrevista a la tarda de Girona, d'avui sobre la inadmissió, La Xarxa La Tarda de Girona
Llegir a El 9 Nou 
Llegir a Regió 7 
Llegir a Comunicació21 
                   

Saturday, November 10, 2012

LA REFORMA DEL ARTÍCULO 510 (delitos de incitacion al odio, xenofobia y racismo) en la reforma del Código Penal

Hace unos días mandé este artículo a un periódico que pasa una grave situación económica y laboral con el despido de 130 trabajdores, que no va a ser publicado.
Dado que el tema ha pasado desapercibido: La reforma del 510 y 607-2 del Código Penal (incitación al odio por motivos de raza, etc.. y negacion o apología del genocidio) que pese a formar parte de un paquete de reformas negativas, la modificación de estos dos artículos es eminentemente positiva, sin perjuicio que más adelante, cuando la reforma del Código Penal inicie su andadura escriba sobre el tema en otro medio, publico aquí en mi blog el contenido y el alcance de la reforma:
Josep Anglada en Torrejon el pasado 30 de junio en un acto contra la obertura de una mezquita en Torrejón que ha motivado un proceso judicial por un presunto delito tipificado en el artículo 510 que ahora se pretende reformar.


              LA REFORMA DE LOS DELITOS DE XENOFOBIA
Xavier Rius
Entre los artículos a modificar del Código Penal incluidos en el anteproyecto presentado el 11 de octubre por el ministro Ruiz Gallardón, hay uno, la reforma de los delitos de incitación al odio, a la discriminación o la violencia por motivos de raza, origen, religión, minusvalía u orientación sexual, así como el de apología del genocidio que, a diferencia de otros artículos que se pretende reformar, es totalmente necesaria. Y posiblemente por el hecho que lo más noticiable del anteproyecto fue la creación de la prisión permanente, la reforma de los delitos de odio ha pasado casi desaperciba.
            La reforma de los artículos 510 (provocación al odio, la violencia y la discriminación por los motivos antes citados) y el 607-7 (apología y justificación del genocidio) era más que urgente dado que, tras diversas sentencias del Tribunal Supremo, la Audiencia de Barcelona y del Tribunal Constitucional, se estaba generado un jusrispudencia que, en base a la ambigüedad del redactado de los mismos y al derecho a la libertad de expresión, dejaba impunes dichos delitos, yendo en sentido contrario de lo que legislan nuestros vecinos europeos. Sin ir más lejos el pasado junio la Audiencia de Barcelona revocó la condena de prisión dictada por el Juzgado de Manresa contra el que fuera Secretario General de la xenófoba Plataforma X Catalunya, Juan Carlos Fuentes, por la impresión y difusión de miles de panfletos en Vic durante la campaña de las elecciones municipales de 2007. Dichos panfletos, firmados por un falso colectivo magrebí, pedía a los autóctonos que votarán a CiU dado que desde el ayuntamiento les daba comida y vivienda gratis y les eximía de impuestos, o que se votara a los socialistas que desde el gobierno central les daba papeles, o a ERC, la CUP o Iniciativa que tenían musulmanes en las listas, pero que en modo alguno, decía el panfleto falso, se votará a PxC ya que les retiraría los privilegios y les prohibiría convertir en mezquita la Plaza Mayor. La sentencia inicial absolvió a Anglada, presidente del partido dado que Fuentes, que había encargado las octavillas, le eximió de toda responsabilidad. Pues bien, en junio de la Audiencia de Barcelona absolvió a Fuentes dado que, sin negar la autoría de los hechos, “nos encontramos ante unos panfletos de contenido irónico que deben ser tomados por la población en general como un ejercicio de reflexión hacia los extranjeros y que denota un alto grado de madurez democrática”. En dicha sentencia repetía lo que había dictaminado la Sección Segunda del Supremo un año antes, que la conducta que se perseguiría con dicho artículo era “provocar”, cosa que debía implicar acto seguido “que otros discriminen o provoquen una conducta peligrosa”, pero no se cometía delito si no se podía demostrar que nadie hubiera actuado inmediatamente en consecuencia. Razonamiento absurdo que haría innecesario la existencia de este tipo penal, pues toda incitación a un delito ya es en si misma punible si alguien actúa y lo comete.
            Y es que fue dicha sentencia 259/2011 de la Sala Segunda de lo Penal del Supremo que revocaría una anterior sentencia condenatoria de la Audiencia de Barcelona, absolviendo a unos condenados del Círculo de Estudios Indoeuropeos, por los delitos de apología del genocidio (artículo 607-2) y provocación al odio y la violencia por motivos de raza, etc. (artículo 510), la que devaluó a la nada dicho artículo. Así el Supremo argumentó que sólo era punible si se demostraba que acto seguido a la difusión de las opiniones alguien hubiera actuado en consecuencia. Y puesto que de sus actividades o documentos que difundían no podía demostrarse que hubieran sido responsables de que nadie hubiera actuado violentamente o provocado discriminación, el Supremo, creando doctrina, decidió absolverlos. Así devaluaba el articulo 510 que establecía en su apartado primero que “Los que provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros” referentes a la religión, etnia, origen, orientación o minusvalía con una pena de prisión de uno a tres años. Y en su segundo apartado castiga con la misma pena “los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, difundieren informaciones injuriosas sobre grupos o asociaciones en relación” a su religión, origen, etc.
Dicho artículo se había aprobado en 1995 para evitar el vacío que permitió la absolución de actos de opinión, como las declaraciones en televisión el líder de los Boixos Nois, ya fallecido, Sergi Soto, exaltando a Hitler y llamando a la violencia contra inmigrantes. Así en la reforma parcial del Código Penal de dicho año se tipificó ya la difusión de ideas y opiniones xenófobas en el artículo 165 ter, precedente del vigente artículo 510 del Código Penal que se aprobaría medio año después. También se creó el 607-2, que castigaba “La difusión por cualquier medio de ideas o doctrinas que nieguen o justifiquen los delitos tipificados de genocidio, o pretendan la rehabilitación de regímenes” que los practicaren. Pero sorprendentemente el Tribunal Constitucional anularía parcialmente el 607-2  revocando la condena al propietario de la librería Europa de Barcelona, Pedro Varela, con la sentencia 235/2007 al dictaminar que no era delito la negación del Holocausto.  
            Pese a este traspiés la Fiscalía del Estado creó en el seno de la Fiscalía de Barcelona la figura del Fiscal de Delitos de Odio y Discriminación. Pero la tarea de este fiscal tropezó con un artículo 607-2 devaluado y con la posterior sentencia del Supremó que vació de contenido el 510. Vacío que contradecía no solo el artículo 20 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que establece que “toda apología del odio racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia estará prohibida”, sino, sobretodo, la Decisión Marco 913/2008, del Consejo de la Unión Europea que debían aplicar los estados en noviembre de 2010 y exige dar un enfoque penal al racismo y la xenofobia, considerando la incitación pública a la violencia o al odio, dirigidos contra un grupo o contra un miembro del mismo en relación con la raza, la religión, origen; la difusión de escritos, imágenes u otros soportes de contenido racista o xenófobo; la apología pública, negación o trivialización flagrante de los crímenes de genocidio y contra la humanidad. Delitos que según el Acuerdo Marco europeo debían ser castigados con penas de uno a tres años como mínimo y la exclusión de subvenciones a las asociaciones que los cometieran.
Ahora el anteproyecto da un nuevo contenido al 510, imponiendo penas de uno a cuatro años a quienes “fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo o contra una persona” y a “quienes lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos o personas a que se refiere el apartado anterior” sin ser necesario que quede probado que alguien ha actuando en consecuencia. Además recupera con un nuevo redactado la negación del Holocausto, castigando a “quienes nieguen, hagan apología, o trivialicen gravemente los delitos de genocidio” que hubieran sido declarados probados por los Tribunales de Nüremberg u otros tribunales internacionales posteriores. Dicho redactado no ampara la persecución de lo que muchos regímenes islámicos definen como blasfemia religiosa –hacer humor sobre Mahoma o cuestionar el Corán-, ni prohibir la venta y el estudio académico de ningún libro. Sencillamente, es un instrumento para luchar contra la difusión de mentiras sobre ciertos colectivos y de incitación al odio, la violencia y la discriminación que, en estos tiempos de incertidumbres, rentabilizan hábilmente en nombre de la libertad algunos líderes populistas que no creen en ella.
 Xavier Rius es periodista y autor del libro “Xenofobia en Catalunya”



REDACTADO PROPUESTO EN EL ANTEPROYECTO:

Centésimo septuagésimo noveno. Se modifica el artículo 510, que queda redactado del siguiente modo:

“1.- Serán castigados con una pena de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses:

a)     Quienes fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o discapacidad.

b)     Quienes lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos a que se refiere el apartado anterior o de una parte de los mismos, o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a ellos.


2. Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a doce meses:

a) Quienes produzcan, elaboren, posean con la finalidad de distribuir, faciliten a terceras personas el acceso, distribuyan, difundan o vendan
escritos o cualquier otra clase de material o soportes que por su contenido sean idóneos para fomentar, promover, o incitar directa o indirectamente al odio, hostilidad discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o discapacidad, o para lesionar la dignidad de las personas por representar una grave humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos mencionados, de una parte de ellos, o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a los mismos.

Las penas se impondrán en su mitad superior cuando la difusión de los contenidos a que se refiere el párrafo anterior se hubiera llevado a cabo a través de un medio de comunicación social, por medio de Internet, o mediante el uso de tecnologías de la información, de modo que aquél se hiciera accesible a un elevado número de personas.

b) Quienes enaltezcan o justifiquen por cualquier medio de expresión pública o de difusión los delitos que hubieran sido cometidos contra un grupo, una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual,  enfermedad o discapacidad, o a quienes hayan participado en su ejecución.

c) Quienes nieguen, hagan apología, o trivialicen gravemente los delitos de genocidio, de lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado que se hubieran cometido contra un grupo o una parte del mismo por
motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, la situación familiar o la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o discapacidad, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia al mismo, y que hubieran sido declarados probados por los Tribunales de Nüremberg, por la Corte Penal Internacional o por otros Tribunales internacionales, cuando de este modo se promueva o favorezca un clima de violencia, hostilidad, odio o discriminación contra los mismos.

3.- El Juez o Tribunal acordará la destrucción, borrado o inutilización de los libros, archivos, documentos, artículos y cualquier clase de soporte objeto del delito a que se refiere el apartado anterior o por medio de los cuales se hubiera cometido.

Cuando el delito se hubiera cometido a través de tecnologías de la información y la comunicación, se acordará la retirada de los contenidos.
En los casos en los que, a través de un portal de acceso a Internet o servicio de la sociedad de la información, se difundan exclusiva o preponderantemente los contenidos a que se refiere el apartado anterior, se ordenará el bloqueo del acceso o la interrupción de la prestación del mismo.”

Centésimo octogésimo. Se introduce un nuevo artículo 510 bis, con la siguiente redacción:

“Se impondrán las penas superiores en grado a las previstas en el artículo anterior cuando los hechos en él descritos fueran cometidos por quienes pertenecieren a una organización delictiva, aunque fuera de carácter transitorio. A los jefes, encargados o administradores de la organización se les impondrán las penas superiores en grado a las previstas en el artículo anterior.”

Centésimo octogésimo primero. Se introduce un nuevo artículo 510 ter, con la siguiente redacción:

“Cuando de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis una persona jurídica sea responsable de los delitos comprendidos en los dos artículos anteriores, se le impondrá la pena de multa de dos a cinco años. Atendidas las reglas establecidas en el artículo 66 bis, los jueces y tribunales podrán asimismo imponer las penas recogidas en las letras b) a g) del apartado 7 del artículo 33. En este caso será igualmente aplicable lo dispuesto en el número 3 del artículo 510 del Código Penal.”

Thursday, October 25, 2012

PxC i MSR ES PRESENTEN A LES QUATRE DEMARCACIONS, VIA DEMOCRÀTICA NOMÉS A BARCELONA I NO ES PRESENTA EL PARTIT X CATALUNYA

Ahir es van publicar el DOGC les candidatures a les eleccions del 25 de novembre. Pels partits extraparlamentaris per presentar-se calia el 0,1% d'avals del cens. Concretament necessitaven 4.042 signatures a Barcelona, 557 a Tarragona, 503 a Girona, i 314 a Lleida.
PxC presenta candidatures a les quatre circunscripcions, el Movimiento Social Republicano (clica) , també, Via Democràtica, liderada per l'ex Secretari General de PxC, Pablo Barranco (clica), només a Barcelona, i no es presenta el Partit per Catalunya, escisió lleidatana de PxC de l'ex Vicepresident Segon, Mateu Figuerola, i regidor de Cervera.Tampoc es presenten Democracia Nacional (clica) ni les falanges.
Poso els primers de cada llista i linko el Diari Oficial de la Generalitat d'ahir. Poden haver-hi canvis les properes 72 hores. Només PxC a Barcelona tindria alguna opció d'entrar. Fa 2 anys li van faltar 12.200 vots per obtenir el 3%a Barcelona i entrar amb dos o tres diputats. (dades de 2010, aquí)
EP! Finalment el MSR no es presenta per manca d'avals (clica)
 Jordi de la Fuente (MSR) talla l'estel de l'estelada el 12 d'0ctubre de 2010
Anglada a la sortida de l'acte de (no) conciliació previ a una de les querelles criminals contra mi el 7 de setembre passat a Moià.

Pablo Barranco (ara VD), amb corbata a la dreta, quan era Secretari General de PxC

Barcelona


PLATAFORMA PER CATALUNYA (PxC)
1. Sr. Josep Anglada i Rius
2. Sr. Robert Hernando Ortiz (Secretari General i regidor d'Igualada)
3. Sr. David Parada Pérez (Secretari d'Organització i regidor de Sant Boi)
4. Sra. Marta Riera Camps (Secretària de Presidència i regidora de Vic)
5. Sra. Mónica Lora Cisquer (Regidora de Mataró)
6. Sr. Joan Garriga Doménech (Advocat i ex número 2 de la candidatura de M. Nebrera al PP)
7. Sra. Mònica Granados Samón
8. Sr. Miguel Ángel Chiquillo Lázaro
9. Sr. Jaime Padilla Rubio
10. Sra. Carmen Martí Matas.

MOVIMENT SOCIAL REPUBLICÀ (M.S.R.)
1. Sr. Jorge Alberto de la Fuente Miró
2. Sr. Jorge Garriga Clavé
3. Sr. Carlos Mestre López
4. Sra. Raquel Costa Vacas
5. Sra. María Dolores Cantos Cruz
6. Sr. Iván Agustín Roma Santa Cruz
7. Sr. David Manchado Navarro
8. Sr. Pedro Pagès Soler
9. Sra. Cristina Victoria Gómez Munua
10. Sra. Laia Colomo Font.
 
VIA DEMOCRÁTICA (VD)
1. Sr. Pablo Barrando Schnitzler (Ex Secretari General de PxC i regidor de Sant Just)
2. Sr. Manuel Jesus Acosta Elias
3. Sr. Javier Hernadez Marin
4. Sra. Maria Josefa Ramirez Padilla
5. Sra. Elena Maria Gonzalez Garrido
6. Sr. David Martinez Casero
7. Sr. Jorge Gomez Rovira (german (?) de l'advocat de l'extremadreta anti escola catana)
8. Sr. Pedro Antonio Cabrera Morales
9. Sra. Irene Maria Asensio Calderon
10. Sra. Silvia Martinez Ramirez

GIRONA:
PLATAFORMA PER CATALUNYA (PxC)
1. Sr. Ignasi Mulleras Vinzia (Regidor d'Olot, excap de Catalunya de Democracia Nacional)
2. Sr. Francesc Bueno Celdran (Advocat que porta les querelles d'Anglada contra mi)
3. Sra. Maria Osuna Bueno (Regidora de Salt)
4. Sr. Enric Juan Romero
5. Sra. Rosa Maria Llandrich Costa
6. Sr. Sergi Fabri Llavero.

MOVIMIENTO SOCIAL REPUBLICANO (M.S.R.)

1. Sr. Agustín Pagès Soler
2. Sr. Venancio Puga Martín
3. Sr. Juan Miguel Pérez Lorenzo
4. Sra. Mª Teresa Senent Giró
5. Sra. Sònia Pagès Garate
6. Sr. Manuel García Tarrero.

 LLEIDA:
Plataforma per Catalunya (PxC)
1. Sr. Eduard Pallerola Mora (Regidor de St Martí de Riucorb i home fort de PxC a Lleida)
2. Sr. Josep Anton Ortiz Cambray
3. Sra. Karen Martínez Moyà
4. Sr. Antonio Lara Lopez
5. Sra. Julia Borrell Larriba
6. Sr. Pere Grau Sala.

Moviment Social Republicà (M.S.R.)
1. Sr. Gibert Vilalta Pedrosa
2. Sr. Juan Antonio López Martínez
3. Sra. Vicenta García García
4. Sra. Montserrat Fernánez Sancliment
5. Sr. Antonio Ferron Tenorio
6. Sra. Talia Gonzalez Martin.

TARRAGONA:
PLATAFORMA PER CATALUNYA (PxC)
1. Sr. Joan Carles Fuentes Linares (regidor de Vic)
2. Sr. Jordi Pere Casanova Panisello
3. Sra. Anabel Nieto Cabello
4. Sr. Jesús Fernández Adell
5. Sra. Ana de la Torre Moya
6. Sr. Albert Tafalla Arisa
18. (últim)  August Armengol. (Vicepresident de PxC i regodor del Vendrell)


MOVIMIENTO SOCIAL REPUBLICANO (M.S.R.)
1. Sr. Juan Antonio Llopart Senent (Secretari General del MSR d'Espanya)
2. Sr. Antonio Medina Piqueras
3. Sr. Juan Carlos Gonzalez Garcia
4. Sra. Antonia Rosa Martinez
5. Sra. Mª Pilar Serrano Garcia
 6. Sra. Carina Castro Pacheco
llistat complert de candidatures de Tarragona al DOGC

FINALMENT NO S'ADMET LA CANDIDATURA DEL MSR (Clica)

Thursday, September 13, 2012

ES REOBRE EL SUMARI D'ALBIOL PELS TRÍPTICS DE "NO QUEREMOS RUMANOS"

   La Audiència de Barcelona ha decidir continuar el procés penal a l' empara de l'article 510 de Codi Penal contra l'alcalde de Badalona,  Xavier García Albiol (PP), pels pamflets repartits l'any 2010 amb una fotografia d'un cartell amb amb el lema "No queremos rumanos"
 García Albiol i el regidor Miguel Jurado, comandant una acció policial. Les maneres de Jurado no agraden a bona part del cos policial badaloní.(foto El Periódico)
 



En un auto, la Secció Octava de la Audiència de Barcelona ha estimat el recurs presentat por l' acusació particular exercida per SOS Racisme, al que es va adherir la Fiscalia, contra la decisió d'una jutge de Badalona d'arxivar la causa contra García Albiol pels pamflets, en entendre que les crítiques als gitanos romanesos quedaven emparades per la llibertat d'expressió i no infringir l'article 510 d'incitació a l'odi, la violència o la discriminació per motius ètnics. Precisament la Secció Cinquena de l'Audiència va fer pública la passada setmana la sentència revocant la condemna al regidor de Plataforma per Catalunya de Vic, JuanCarlos Fuentes, pels pamflets falsos islamòfobs fotocopiats i repartits durant la campanya de les municipals de 2007 per Fuentes, llavors Secretari General del partit, al·legant que no eren delictius sinó només sarcàstics (clica aquí)
Els fets que ara s'imputen a Albiol van passar a Badalona el dissabte 24 d’abril de 2010 en sortir a repartir fulletons, acompanyat d'Alícia Sánchez Camacho en favor de la seguretat ciutadana, en el que es veia una foto amb un cartell: “No queremos rumanos”.
Aquell mateix dia, davant les crítiques que va generar pel contingut, qualificat de racista, Sánchez Camacho va intentar desmarcar-se’n i, a mida que la bola mediàtica creixia, per les exigències de la directiva de PP, va acabar disculpant-se. Així, Sánchez Camacho diria que “Demano disculpes si algú s’ha sentit ofès: la delinqüència no té nacionalitat”. Esteban Pons, Vicesecretari de Comunicació del PP dirà que “Les declaracions són extremadament desafortunades; però no tinc elements per dir si ha de dimitir”.
El que motivaria que el PP estatal fes rectificar a Sánchez Camacho –mentre Albiol guardava silenci—, és el fet que a Madrid el col·lectiu majoritari d’immigrants és el romanès, els que, com a comunitaris, poden votar i ser candidats a les eleccions municipals. I certament, tant l’Ajuntament de Madrid com el govern autònom estava fent una important tasca d’acostament als immigrants d’aquesta nacionalitat. És cert que la majoria d’immigrants romanesos tenen també una actitud racista vers els gitanos, i que la societat romanesa, és racista amb els seus dos milions de gitanos. Però el fet que els màxims dirigents del PP català repartissin un fulletó on es deia “No queremos rumanos” , encara que es referís als gitanos, va genera sentiment contradictoris dins del PP.
Ara l'Audiència ha ordenat ara que continuí el procés contra Albiol, per la qual cosa sembla més que probable que s'arribarà la judici oral. Per l'Audiència les manifestacions d'Albiol mostren "un missatge clarament incitador a la discriminació i l'odi que podrien excedir l'àmbit generós de la llibertat d'expressió"
García Albiol ha declarat avui en conèixer la notícia que ell només lluita contra "els que venen Badalona a delinquir i robar" i ha manifestat el seu malestar pel fet que la Federació d'Associacions Gitanes de Catalunya se sumessis al recurs de Sos Racisme. De totes formes, segons he pogut saber, a l'entorn d'Albiol hi  ha qui considera positiu que l'alcalde acabi sent jutjat donat que li servirà d'altaveu per repetir el seu discurs sobre seguretat, ara que des del cap de CiU de Badalona i responsable de seguretat l'anterior mandat, Ferran Falcó, estava criticant força Albiol amb l'argument que havia augmentat la inseguretat. Falcó va ser qui que fa quinze mesos, en negar-se a recolzar un nou tripartit encapçalat pel PSC, Albiol fos alcalde. Falcó denunciava  que amb Albiol, en contra del que deia, havia augmentat la inseguretat i havia generat una situació de malestar entre els agents. (llegir al blog de Ferran Falcó, aquí) i (també aquí, comunicat de CiU d'ahir) i des del PSC, l'ex alcalde Jordi Serra havia criticat la manera de portar la Guàrdia Urbana del polèmic regidor de seguretat , Miguel Jurado.

Friday, August 24, 2012

BREIVIK, UNA CONDEMNA DESTINADA A FRENAR L'ODI RACISTA, El Periódico

Publico aquest article a El Periódico
La matanza de Noruega   Análisis
Una condena destinada a frenar el odio racista
Xavier Rius
 Anders Behring Breivik, que reconoció ser el autor de unos asesinatos según él, atroces pero necesarios para salvar Europa, ha aceptado la condena a prisión frente a la otra opción de que se le declarara enfermo mental. El tribunal lo considera responsable de unos crímenes que preparó con meticulosidad. Si se le hubiera considerado víctima de un trastorno y hubiera sido condenado a permanecer en un psiquiátrico, Breivik ya había anunciado que recurriría en favor de su buen estado mental. No deseaba que lo encerrasen por loco, dado que el valor político de sus actos quedaría devaluado. Y ese recurso de Breivik hubiera alargado el dolor de las familias que deberían asistir de nuevo al circo mediático del criminal enorgulleciéndose y difundiendo su odio. Si antes de cometer sus crímenes escribió el manifiesto 2083, Declaración de Independencia Europea, ahora ha anunciado que aprovechará la prisión para continuar escribiendo. Igual que Hitler se consideraba guiado por la providencia con la misión de salvar la Europa germánica de las razas inferiores, y aprovechó su estancia en prisión para escribir el Mein kampf, Breivik, que se considera un guerrero templario, quiere aprovechar su retiro para escribir. Y si Hitler culpaba de todos los males de Alemania a los judíos y consideraba el marxismo como parte de la conspiración judía, Breivik considera que la Europa blanca está amenazada por la «invasión musulmana», fruto de lo que califica como el «infierno multicultural» de los socialdemócratas.
 Breivik, que había militado en un partido xenófobo, se sintió decepcionado por este y emprendió otros caminos para conseguir su fin con otros medios. Y, como anunciaba en su Declaración, estaba convencido de que otros seguirían su camino.
 Afortunadamente su llamada no ha surtido efecto, y el Gobierno y los partidos, lejos de entrar en debates sobre los supuestos peligros de la inmigración islámica, se reafirmaron en los valores de los derechos y deberes de la sociedad noruega, en la que la ciudadanía no se mide por el color o hacia dónde se reza.
 Y es que los problemas de encaje que se pueden dar con la llegada de flujos migratorios no se solucionan con discursos racistas hacia estos, de la misma manera que las dificultades de asunción de valores como la libertad religiosa, que implica que muchos de los hijos de familias islámicas puedan expresar que han dejado de creer, tampoco se consigue dificultando la obertura de mezquitas ni criminalizando el islam.

 Orgullosos de sus creencias

 Porque la libertad religiosa consiste en permitir y facilitar que los inmigrantes de países islámicos tengan sus templos, sintiéndose orgullosos de sus creencias, de la misma manera que consiste en que todos acepten el derecho a no creer o a cambiar de religión en una sociedad laica.
 Y si se criminaliza el islam, como ha ocurrido tantas veces, lo que se consigue es que los inmigrantes musulmanes se encierren en sí mismos y no se sientan ciudadanos, dificultando ese trasvase de creencias en todas direcciones consustancial de la libertad religiosa.
  

   Llegir en català a El Periódico (fins demà no s'obrirà sencer)

Wednesday, August 1, 2012

RESPOSTA DE PxC AL COMUNICAT DEL SINDICAT DE PERIODISTES, (m'estalvio, de moment, els comentaris)


COMUNICAT DE PREMSA DE PLATAFORMA PER CATALUNYA (PxC)
Josep Anglada: “La imparcialitat i ànim difamatori per part del blocaire Xavier Rius, podria suposar un nexe de causalitat entre les agressions sofertes per alguns membres de PxC”.
Vic | Redacció.- En relació a la informació publicada a la web del blocaire Xavier Rius on anuncia que el Sindicat de Periodistes denuncia les amenaces d’Anglada, Plataforma per Catalunya (PxC) mostra la seva perplexitat i ho interpreta com una nova temptativa de perjudicar la imatge del partit liderat per Josep Anglada.
En l’esmentat article, el blocaire Xavier Rius fa una valoració totalment personal i subjectiva del comentari de Josep Anglada interpretant-lo com una amenaça física, afirmant en el seu blog que no li convé que em passi res en resposta a un comentari de Josep Anglada que donava continuïtat a un altre Twitt on deia que “els serveis jurídics de PxC estaven avaluant la interposició d´una querella per incitar a l´odi i la discriminació contra PxC, tal i com ho empararia l´article 510 del codi penal”. Comentari que ja es va matisar i va confirmar el líder identitari que es referia a un sentit  stricto sensu” judicial.
En aquest sentit PxC vol matisar les manifestacions del blocaire Xavier Rius, on en relació a la denúncia que va interposar davant dels Mossos d´Esquadra ara diu que Jo poso denuncia el dia 5 a la comissaria dels mossos de Vic pel fet que algú hagi fet un compte amb el meu nom i la meva foto” quan en realitat va culpar de l´autoria i dels comentaris del presumpte Twitter fals a Josep Anglada, tal i com demostra la captura de pantalla (que ja es va encarregar de modificar la verbalització –canviant fer per difondre- un cop s´interposa la denuncia per part Josep Anglada.
En aquest aspecte queda clar la forma subjectiva i parcial del Sr. Xavier Rius alhora de interpretar la realitat. De fet ell mateix reconeix al seu llibre que no és parcial: “...Em vaig sentir traït i enganyat, si bé no podia imaginar el que vindria. No sóc neutral. Ho sento!” . Xavier Rius Sant – Xenofòbia a Catalunya, pàgina 245.
Queda clara doncs l´estratègia d´aquest blocaire de perjudicar la imatge del líder identitari i del partit del qual és president a través del seu blog i del seu llibre entre d´altres mitjans ometent el deure constitucional de facilitar informació veraç i rigorosa, ometent voluntàriament en alguns casos la diligència inherent i exigible a la seva professió, definint al líder identitari d´improperis difamatoris, com a títol d´exemple: intenta donar una imatge de persona assenyada que trenqui la de franquista eixelebrat”. Xavier Rius Sant – Xenofòbia a Catalunya, pàgina 87.
El president de Plataforma per Catalunya (PxC), Josep Anglada, ha manifestat que “queda clara la imparcialitat i ànim difamatori per part del blocaire Xavier Rius, i per tant, considero que pot existir nexe de causalitat entre les agressions d´alguns membres de PxC com el cas per exemple de Alberto Sánchez, regidor a l´ Hospitalet de Llobregat i notícies difamatòries que poden incitar a l´odi i la discriminació contra grups o associacions per motius ideològics”. “Amb això no vull dir que PxC culpabilitzi ara per ara a ningú de res (per evitar interpretacions subjectives), senzillament que s´està avaluant l´interposició d´accions legals contra diferents mitjans”.
En aquest sentit, el líder identitari ha senyalat que “quan vaig manifestar que PxC estava estudiant la interposició de querelles contra atacs difamatoris a la dignitat i fama del partit, no és tractava d´una amenaça; més que res perquè la definició d´amenaça és l´anunci de causar un mal i anunciar fer complir la llei és un fi molt legítim i totalment allunyat del mal”. Per continuar afirmant que “es faran tantes querelles i accions civils com siguin necessàries per respectar els drets de PxC, que també els té per si algú se li ha oblidat”.
Anglada també ha volgut deixar clar que “examinarem totes les notícies que apareguin als mitjans amb què hi tingui relació directa o indirecta PxC i estudiarem si s´acoten als requisits legals  i en cas que no s´ajustin a la llei anunciem que interposarem accions civils invocant al dret a la rectificació, segons estableix la Llei Orgànica 2/1984 de 26 de març reguladora del Dret de Rectificació”.
Per últim, Anglada ha convidat al Sindicat de Periodistes i altres associacions que es considerin agraviades per tal que “contemplin la possibilitat de presentar en conjunt aquest tipus de querelles, sota la direcció lletrada conjunta, per fer respectar la diligència i imperatius legals que regeixen el dret d´informació”.
PxC
Vic, 1 d’agost de 2012
 

Saturday, June 30, 2012

SÓLO 50 PERSONAS ASISTEN AL ACTO DE PLATAFORMA EN TORREJÓN (actualizado texto y fotos, domingo a las 19 h.)



Si Josep Anglada consiguió notoriedad en Cataluña con la manifestación contra la mezquita de Premià en 2002 (mira aquí), el estreno de Plataforma por la Libertad (PxL) hoy en Torrejón de Ardoz con la concentración contra la mezquita que se pretende abrir en el casco urbano ha sido, desde mi punto de vista, un fracaso de convocatoria. Los miles de personas que habrían firmado contra mezquita no se han dejado ver. Tal vez el Ayuntamiento que, asustado, hace tres días propuso que se ubicara en un polígono industrial, debería replantearse esta propuesta de cambio, más cuando Anglada ya ha dejado claro que, pese a que el cartel de manifestación era contra una mezquita en el casco urbano, "no queremos ninguna mezquita ni en el casco urbano, ni en ningún sitio de Torrejón, de España, ni de Europa" 
A la concentración han asitido unas 50 persona, la mitad venidas de Cataluña. (Yo he contabilizado 50 descontando los 10 o 12 periodistas, los policías de paisano que estaban entre el grupo y alguna mujer latina que pasaba por allí y al oir lo de "la invasión latinoamericana" marchó. El País en la foto que ha publicado poco después hablaba de sólo 40 personas. Anglada y Marta Riera han twitteado que no sé contar) 
Entre los asistentes de Madrid, portando la bandera blanca de PxL, estaba Eduardo Núñez, miembro de la asociación Genos y revista Europae y presidente de la Asociación Cultural de Amigos de León Degrelle. No estaba, en cambio, Enric Ravello, miembro de Genos-Europae, y Secretario de Relaciones Nacionales e Internacionales de Plataforma, es decir el responsable del proyecto de expansión a España de PxL. También estaban presentes algunos exirigentes de Democracia Nacional pasado a PxL, como José Ramón Hernández, de Burgos.
Arriba, José María Ruiz Puerta de PxL-Madrid
 Abajo, Robert Hernando (Secretario General de PxC), Josep Anglada, el concejal de Santa Coloma, Juan Gómez, el portavoz de PxL de Burgos, José Ramón Hernández (ex DN), la concejal de Vic, Marta Riera, y Eduardo Núñez, de ACALeón Degrelle y Genos, con la bandera en el hombro.

En el acto de hoy primero ha intervenido el abogado Jose María Ruiz Puerta, de PxL Madrid, (abogado de Manos Limpias contra Garzón, de Pedro Varela y defensor de Anglada por la falsa octavilla de Vic (Haz clic aquí)) que ha hablado de inmigración con un lenguaje mucho más educado que el que habitualmente utiliza Anglada, pero ha sido muy duro en sus críticas hacia la clase política y los poderes e instituciones finacieras. Además ha manifestado que asume este proyecto sabiendo que le llamarán xenófobo cuando, según él, no lo es. Ruiz ha dicho "Yo no tengo ningún problema con un señor por llamarse Mohamed o llamarse Wilson, el problema es la inmigración masiva", y en relación a la mezquita "si se construyen España acabará siendo islamizada".
A continuación ha intervenido Anglada que ha cargado contra el alcade de Torrejón, Pedro Rollán, que propuso cambiar el emplazamiento de la mezquita, y contra el alcalde de Badalona, el popular Xavier García Albiol y contra los políticos "corruptos y decadentes" Además ha negado ser independentista por más que defienda "mi región que es Cataluña" y la lengua catalana.
Acto seguido ha invitado a los musulmanes a abandonar España y contruir mezquitas en Marruecos o Arabia, y ha reivindicado los derecho de los coptos en Egipto.
Ha cargado también "ya que estamos en Madrid, contra la invasión de la inmigración latinoamericana y sus bandas de asesinos y delincuentes". Y ha dicho entre aplausos que su lema es "Primero los de casa, segundo los de casa y ¡tercero los de casa!"
Por último ha evocado la batalla de la Navas de Tolosa cuyo 800 aniversario conmemorá, lo que yo denomino extremaderecha, pero ellos se definen como identitarios o socialpatriotas, el próximo fin de semana.




 José Ramón Hernández, ex delegado de Democracia Nacional en Burgos, Anglada y J.M. Ruiz Puerta. 
Una de las personas que tomará protagonismo en Plataforma x La Libertad, pese a que no interveinen en este acto, será Manuel Menéndez Piñar, nieto de Blas Piñar (pincha aquí para ver entrevista a M Menéndez Piñar)


  Josep Anglada y Marta Riera ayer hicieron estos dos twits sobre mi artículo y las fotos de la concentración de Torrejón. Sin comentarios.

Josep Anglada i Rius@josepanglada
Xavier Rius Sant aprofita la seva visita al orgull gay per veure l'expansió de PxL de Torrejon

Xavier Rius Sant es tant dolent com a periodista que com a matemàtic quan se li acaben els dits de les mans ja non sap contar

  
 Lo cierto és que participó muy poca gente. Nada de 200 personas como dicen ellos(leer en la web de PxC) ; El País dice 40 (ir al artículo de El País)  ABC da también la cifra de 40 (leer en ABC, aquí) Yo conté a unas 65 en el momento máximo pero como había unos 12 periodistas, algunos policías de paisano y alguna mujer latina que pasaba por ahí y se quedó hasta que marchó asustada al oír lo de "la invasión latinioamericana de delincuentes", doy la cifra de 50. De esos (no hago la lista con nombres por respeto a la privacidad) bastantes concejales y militantes de PxC venidos desde Cataluña. Y como me decía una periodista que reside en Torrejón, "de aquí y del llamado Corredor de Henares (E-2000 tiene un concejal en Alcalá) no hay casi nadie" Vinieron sí algunas personas de la llamada área identitaria o extremaderecha de Madrid.

En cambio en la manifestacióncontra el racismo celebrada en día antes en Torrejón, la mayoria de los manifestantes eran de Torrejón. Ver fotos:










 
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